DEHL
Seguridad , Higiene & Medio ambiente
Medio Ambiente
Servicios de Medio Ambiente - Impacto Ambiental
Categorización industrial, Ley 11459 , Dec 1741/96 y Dec 353/11
Este decreto modifica la escala de clasificación de establecimientos industriales alcanzado por la Ley 11459, con lo cual de acuerdo a los valores del Nivel de Complejidad Ambiental (NCA) las industrias se clasificarán:
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Primera Categoría: hasta 15 puntos
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Segunda Categoría: más de 15 y hasta 25 puntos
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Tercera Categoría: mayor a 25 puntos.
Los establecimientos peligrosos por elaborar y/o manipular sustancias inflamables, corrosivas, de alta reactividad química, infecciosas, teratogénicas, mutagénicas, carcinógenas y/o radioactivas, y/o generen residuos especiales que pudieran constituir un riesgo para la población circundante u ocasionar daños graves a los bienes y al medio ambiente, serán considerados de tercera categoría independientemente de su Nivel de Complejidad Ambiental (NCA).
Servicio: Medio Ambiente – Impacto Ambiental
Auditoría Ambiental a establecimientos
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Realización de estudios de impacto ambiental
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Confección, gestión y seguimiento para la obtención del CAA (Certificado de Aptitud Ambiental).
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Análisis de riesgos y contingencias ambientales
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Desarrollo de políticas ambientales
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Desarrollo de manuales de gestión ambiental
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Guías y programas para acompañar en la camino hacía la certificación ISO 14000
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Efluentes Líquidos y Efluentes gaseosos: Toma de muestras y/o análisis con laboratorios habilitados en Provincia de Buenos Aires (OPDS) y Ciudad de Buenos Aires. Confección de estadísticas e informes de trazabilidad de los parámetros obtenidos de los efluentes
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Gestión de habilitación de plantas de tratamiento de efluentes en Provincia de Buenos Aires y CABA. Gestión y trámites ante el ADA, confección de memorias descriptivas y planos sanitarios del establecimiento.
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Seguro Ambiental. A través de compañías aseguradoras ofrecemos a nuestros y potenciales clientes “seguros ambientales” tanto para pasivos ambientales como también a favor de ACUMAR. De acuerdo al Art. 22 de la Ley 25675 toda empresa que sea catalogada como agente contaminante y/o efectue actividades que puedan alterar el medio ambiente deberá poseer en forma obligatoria un Seguro Ambiental que tenga entidad suficiente para garantizar el financiamiento del posible daño.
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Residuos especiales. Asesoramiento sobre tratamiento y disposición final. Confección y presentaciones de declaraciones juradas anuales. Confección de trámites de renovación anual como generador de residuos especiales y/o peligrosos para pago de tasa de fiscalización y control.
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Explotación de recurso hídrico. Trámites y gestión ante el Autoridad del Agua (ADA).
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Permiso de Vuelco de efluentes. Trámites y gestión ante el ADA y Aysa.